Publicado el 15 de octubre de 2026 · Matías Angeli

Comprar un coche de segunda mano a un particular implica tres trámites: el contrato, el impuesto y el cambio de titular en la DGT. Este es el orden en que se hacen, quién hace cada cosa y cuánto cuesta.
1. El contrato de compraventa
Es el documento que prueba la operación. No hace falta notario: basta un contrato privado firmado por los dos, con:
- Nombre, DNI o NIE y domicilio de comprador y vendedor.
- Matrícula, marca, modelo y número de bastidor.
- Precio, forma de pago y fecha.
- Kilómetros y estado del coche, sobre todo si tiene defectos conocidos.
- Hora de la entrega: a partir de ese momento las multas son del comprador.
La DGT tiene un modelo de contrato en su web. La fecha del contrato es importante: desde ella corren los plazos del impuesto y de la transferencia, y con ella se calcula la antigüedad del coche para el valor fiscal.
2. El vendedor notifica la venta
En los diez días siguientes, el vendedor debería comunicar la venta a la DGT. Con esa notificación deja de ser responsable del coche aunque el comprador tarde en hacer la transferencia. Se hace en la sede electrónica de la DGT o en una Jefatura de Tráfico.
Es el paso que más se olvida y el que más problemas da: multas de radar, impuesto de circulación del año siguiente o incluso la responsabilidad en un accidente pueden acabar llegando al vendedor si el coche sigue a su nombre.
3. El comprador paga el ITP
Antes de ir a Tráfico, el comprador tiene que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en su comunidad, normalmente con el modelo 620. Cuánto se paga depende de:
- El valor fiscal del coche o el precio, si es mayor.
- El tipo o la cuota fija de su comunidad. Tienes la tabla completa en ITP por comunidad.
El plazo suele ser de 30 días hábiles o un mes desde el contrato, según la comunidad.
4. El comprador pide el cambio de titularidad
Con el impuesto pagado, el comprador tiene 30 días desde la compraventa para solicitar a la DGT el cambio de titular. Necesita:
- La solicitud de cambio de titularidad (impreso oficial).
- DNI o NIE del comprador.
- El contrato de compraventa.
- El justificante del ITP.
- El permiso de circulación y la ficha técnica del coche.
- La ITV en vigor.
- El último recibo del impuesto de circulación (IVTM) pagado.
- El pago de la tasa de la DGT por cambio de titularidad.
Se puede hacer en la sede electrónica de la DGT, con cita previa en una Jefatura de Tráfico o a través de una gestoría. Al terminar, la DGT emite el nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.
Lo que cuesta
| Concepto | Quién paga | Importe |
|---|---|---|
| ITP | Comprador | Según comunidad: del 0 % al 8 %, o una cuota fija en coches antiguos |
| Tasa DGT de cambio de titularidad | Comprador | 55,70 € en 2025 (menos en ciclomotores); consulta el importe actualizado en la DGT |
| Gestoría (opcional) | Quien la contrate | Variable, según la gestoría |
| ITV si está caducada | Lo que se pacte | Según la estación y la comunidad |
En coches antiguos, el ITP puede ser menor que la tasa de la DGT: en Murcia o Aragón, un coche viejo de hasta 1.000 cc paga 0 € de impuesto.
Si compras a un profesional
Si el vendedor es un concesionario o un compraventa, no hay ITP: el precio ya lleva IVA o está en el régimen especial de bienes usados. Normalmente el profesional se encarga también de la transferencia. Lo explicamos en comprar a un particular o a un concesionario.
Antes de pagar: tres comprobaciones
- Informe del vehículo de la DGT: por unos pocos euros dice si el coche tiene cargas, embargos, precintos o la ITV caducada, y quién es su titular. Si tiene una reserva de dominio de una financiera, no podrás ponerlo a tu nombre hasta que se cancele.
- El número de bastidor: que el de la ficha técnica coincida con el del coche.
- El valor fiscal: búscalo antes de cerrar el precio, para saber qué impuesto vas a pagar. Si el precio pactado es muy inferior, el ITP no se calculará sobre ese precio. Lo contamos en vender por debajo del valor fiscal.


